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Prestaciones económicas individuales de emergencia social y para la mejora de la autonomía (PEI)

Descripción
Son ayudas económicas individualizadas dirigidas a personas individuales o unidades de convivencia, con el fin de atender una situación de necesidad urgente o con graves problemas específicos que afectan la autonomía personal, social y económica, y que no puedan resolver con medios económicos propios, a fin de conseguir un desarrollo humano y social normal.
Finalidad
Son ayudas económicas individualizadas que van dirigidas a personas individuales o unidades familiares o unidades de convivencia, con la finalidad de atender una situación de urgente necesidad o con graves problemas específicos que afectan a la autonomía personal, social y económica, y que no puedan resolver con medios económicos propios, a fin de lograr su normal desarrollo humano y social.

Las ayudas destinadas para el apoyo de personas mayores con problemas motores o sensores tendrán la finalidad de mantener a las mismas en su entorno social y fomentar su autonomía personal y bienestar.
Quien lo puede presentar
Las personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles.

Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar mediante un representante.

Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación.

La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
Plazos de presentación
01/01/2025 00:00:00 - 31/10/2025 23:59:00
Presentación
Los documentos que las personas interesadas dirijan al Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona podrán presentarse:

a) En el registro electrónico del Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona.

b) En el registro de Atención Primaria de Servicios Sociales.

c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Las personas que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional.

d) Las personas que representen a otra persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.

e) El personal empleado de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público.
Organo gestor
Servicios Sociales
Plazo de resolución
Según normativa vigente
Efecto del silencio administrativo
No procede
Recursos
Según normativa vigente
Normativa básica
Ley 3/2019 de 8 de febrero, de la Generalitat Valenciana, con qué es regula el sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

Instrucción n.º 2/2018 de fecha 01/03/2018 de la Vicepresidencia y Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas.

Convocatoria de prestaciones económicas individuales de emergencia social y para la mejora de la autonomía para personas mayores (PEI).
Información Adicional
Una vez presentada la solicitud se comprobará que la documentación es correcta. De no ser así se requerirá la persona interesada que en el plazo de 10 días acompañe los documentos perceptivos, con indicación que si no lo hiciera se le tendrá por desestimada su petición y, previa resolución correspondiente, se procederá al archivo del expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En cualquier fase de la tramitación del expediente, se podrá requerir toda aquella documentación complementaria no contemplada que se considere necesaria para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos y documentos en virtud de los cuales tiene que formularse la propuesta de resolución.

Una vez la solicitud cumpla con todos los requisitos administrativos, la unidad técnica elaborará el informe correspondiente, dando traslado del mismo para ser valorado a la Comisión Técnica de Valoración y seguimiento de prestaciones económicas creada a tal efecto.
Documentación relacionada
1 SOLICITUD PEI-PEIM 2025

1 SOLICITUD PEI-PEIM 2025

1 SOL·LICITUD PEI-PEIM 2025

1 SOL·LICITUD PEI-PEIM 2025

2 DOCUMENTACIO PEI-PEIM 2025

2 DOCUMENTACIO PEI-PEIM 2025

2 DOCUMENTACIÓN PEI-PEIM 2025

2 DOCUMENTACIÓN PEI-PEIM 2025

3 AGENT SC

3 AGENT SC

3 AGENTE SC

3 AGENTE SC

FICHA DE TERCEROS

FICHA DE TERCEROS.pdf

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentació requerida/Documentación requerida
01-Solicitud
01-Modelo de solicitud de ayuda de emergencia social vigente
02-DNI, CUE, TIE
02-DNI, CUE (Certificado de registro de ciudadano de la UE acompañado del DNI o Pasaporte en vigor del país de nacionalidad de la UE), TIE en vigor, en caso de no disponer de TIE – la resolución favorable de concesión de la estancia, residencia y/o trabajo en España dictada por la Oficina de Extranjería del solicitante.
03-Libro de familia y/o documento equivalente
03-Libro de familia o equivalente, en su caso.
04-Sentencia judicial de separación, divorcio y/ o convenio regulador.
04-Sentencia de separación, divorcio y convenio regulador, en su caso. En aquellos supuestos que la cuantía recibida no sea la que conste en el convenio, se aportará recibos de pensión alimenticia y/o pensión compensatoria o la denuncia/demanda/querella por impago. Provisionalmente, en caso de no disponer de sentencia, se aceptará presentación del escrito de demanda de separación, divorcio o establecimiento de medidas cautelares, debidamente sellada.
05-Solicitud o resolución de Ingreso Mínimo Vital, en su caso.
06-Certificado o informe de escolarización de menores de 16 años.
06-Certificado de escolarización de los niños, niñas y adolescentes de hasta 16 años de edad, que acredite la asistencia regular/absentismo, en su caso.
07-Certificado acreditativo de diversidad funcional.
07-En caso de diversidad funcional de alguna persona de la unidad familiar y/o de convivencia, certificado acreditativo de la diversidad funcional.
08-Título de familia numerosa o monoparental.
08-En el caso de ser familia numerosa o monoparental, título o carnet acreditativo de esta situación.
09-Informe de vida laboral.
09-Informe de vida laboral de todas las personas mayores de 16 años de la unidad familiar y/o de convivencia.
10-Tarjeta de demandante de empleo (DARDE).
10-Tarjeta de inscripción como demandante de empleo actualizada (DARDE), de todas las personas mayores de 16 años de la unidad familiar y/o de convivencia, salvo en caso de escolarización.
11-Nóminas o declaración trimestral.
11-En caso de que el titular o alguno de los miembros esté trabajando por cuenta ajena deberán presentarse las 6 últimas nóminas percibidas. En caso de ser autónomo, aportar declaraciones trimestrales y/o anuales vigentes. Si no dispone de las mismas, deberá presentar declaración responsable de los ingresos obtenidos.
12-Búsqueda activa de empleo.
12-Documentos acreditativos de la búsqueda activa de empleo de todas las personas mayores de 16 años de la unidad familiar y/o de convivencia, salvo en caso de escolarización. La búsqueda activa tendrá que adaptarse a la formación de la persona, comprometiéndose a presentar 3 ofertas laborales debidamente certificadas por la empresa y/o vía telemática ( on-line) por miembro de la unidad familiar y/o de convivencia, con 2 meses de anterioridad a la presentación de la solicitud.
13-Contrato de arrendamiento de la vivienda.
013-En caso de vivir en régimen de alquiler se deberá aportar contrato de alquiler de la vivienda en vigor y último recibo de pago mediante domiciliación bancaria o ingreso en efectivo con el debido justificante bancario. En caso de impago de recibos de alquiler, aportar declaración de la persona propietaria de la deuda pendiente por este concepto y fotocopia DNI del propietario.
14-Últimos recibos del pago de la hipoteca.
14-En caso de ser persona propietaria con hipoteca: copia de la escritura de la hipoteca, 3 últimos recibos del préstamo hipotecario pagados e Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del año en curso pagado.
15-Declaración responsable de la cesión de la vivienda
15-En el caso de vivir en una vivienda cedida: documento y/o declaración responsable que acredite esa cesión acompañado por el DNI de la persona titular de la vivienda o cesionaria.
16-Orden de desahucio
16-En caso de desahucio: - Orden de desahucio judicial. - Solicitud abogado oficio. - Solicitud en registro único de vivienda Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo (EVha), solicitud de Vivienda de Emergencia Social Municipal, solicitud de vivienda de Alquiler Social Municipal.
17-Informe de las compañías suministradoras de los servicios básicos donde figuro la totalidad de la deuda.
17-En caso de querer acceder a la modalidad de suministros básicos energéticos se deberá aportar la carta de adeudo o en su defecto informe de las suministradoras donde figure la totalidad de la deuda solicitada. Las personas que vivan en régimen de alquiler y no tengan la titularidad de los suministros deberán acreditar la misma mediante declaración jurada del propietario de la vivienda/arrendador en la forma estipulada la cual se acompañará de una fotocopia compulsada del documento de identidad del titular de la vivienda/arrendador. En el caso de no tener los medios o desconocer la forma, la persona interesada podrá personarse en Servicios Sociales junto con su arrendador para proceder a realizar la declaración en presencia del personal técnico pertinente.
18-Ficha de mantenimiento de terceros
18-Modelo Ficha Mantenimiento de Terceros debidamente cumplimentada y firmada, así como fotocopia de la cuenta bancaria del titular solicitante de la ayuda.
19-Movimientos y saldo bancarios de los últimos seis meses de todos los miembros de la unidad de convivencia y/o familiar.
19-Saldo y movimientos de los últimos 6 meses anteriores a la fecha de la solicitud de la ayuda de todas las cuentas de todos los miembros de la unidad familiar y/o de convivencia.
20-Autorización para la comprobación de datos (Agente SC)
20-Autorización de todas las personas de la unidad familiar y/o convivencia, al Ayuntamiento mediante el modelo correspondiente al efecto de comprobar: - Certificado de pensiones y otras prestaciones (INGRESO MÍNIMO VITAL,…). - Certificado catastral. - Certificado del IRPF - Certificado prestaciones o subsidios de desempleo. - Y cualquier otro certificado necesario para la obtención de la prestación. Si no autoriza mediante Agente SC, se deberá aportar: - Certificado positivo o negativo de pensiones y otras prestaciones. - En caso de recibir pensión del extranjero: certificado o copia del recibo de cobro de la pensión de su país. - Certificado positivo o negativo de prestaciones por desempleo o subsidios. (Los certificados serán referidos a la situación de los dos últimos años, y si es el caso, las cantidades percibidas cada año) - Última declaración del Impuesto Sobre la Renta ( IRPF) en vigor o certificado de estar exento de dicha declaración. En caso de autónomos, declaraciones trimestrales de los dos últimos años. -Certificado de bienes rústicos y urbanos. -Presentación de la solicitud del Ingreso Mínimo Vital o de la RESOLUCIÓN del Ingreso Mínimo Vital.
21-Otra documentación
21-Se podrá requerir la documentación adicional que considere relevante para la evaluación de la ayuda y podrá acceder a cualquier dato que obra en poder de otra administración al efecto de tramitar la presente ayuda, siempre bajo el consentimiento otorgado por la persona interesada y a los únicos efectos de tramitación de la prestación.
22-Informe médico
22-En caso de ayudas para la mejora de la autonomía de personas mayores (ayudas técnicas en sus diferentes modalidades y la adaptación de vehículo a motor): Informe médico sobre la situación de necesidad de la persona solicitante o certificado de diversidad funcional, en el caso de disponer del mismo.
23-Presupuestos (en caso de acceder a la modalidad de mejora de autonomía de tercera edad).
23-En caso de ayudas para la mejora de la autonomía de personas mayores (ayudas técnicas en sus diferentes modalidades y la adaptación de vehículo a motor): Dos presupuestos de diferentes establecimientos para la adquisición a realizar o de la adaptación que se pretende.
24-Justificación de la titularidad de la propiedad (en caso de acceder a la modalidad de mejora de autonomía de tercera edad, adaptación del hogar).
24-En caso de ayudas para la mejora de la autonomía de personas mayores (ayudas técnicas en sus diferentes modalidades y la adaptación de vehículo a motor): En el caso de las adaptaciones del hogar, justificación de la titularidad de la propiedad o en caso de estar alquilado, autorización o permiso del titular de la vivienda para la ejecución de la obra.
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Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona
  • Avda. de Colom,93, 46185 La Pobla de Vallbona (Valencia) - CIF: P4620400D
  • 96 276 00 50
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